...Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido analógicamente en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia queda establecido:..............................................................................................
PRIMERO: El Niño (SE OMITE EL NOMBRE), de cuatro (04) años de edad, queda bajo la Guarda y Custodia de su progenitora, ciudadana EDDI CAROLINA DOS SANTOS FERNÁNDEZ, plenamente identificada.............
SEGUNDO: Se establece un Régimen de Visitas al ciudadano ANÍBAL JOSE MEDINA BONILLA, para que comparta con su hijo; el Niño (SE OMITE EL NOMBRE), desde el día Viernes a partir de las 6:00 PM hasta el día Domingo a las 6:00 PM, de cada semana; debiendo buscar y entregar al Niño en el domicilio donde reside con su progenitora.............