DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12, 14, 429,506, 508,936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Nulidad de Titulo Supletorio intentado por el ciudadano FREDDY JOSE NORIEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.513.022, domiciliado en el Barrio El Palomar, calle 02, casa s/n, Municipio Tucupita, del Estado Delta Amacuro, debidamente asistido por Ciudadano EDGAR ROSILLO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 113.020, contra la ciudadana MIREYA DEL VALLE DIAZ, venezolana, mayor .....