ISPOSITIVA
Por todas estas razones, de conformidad con el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado Primero Penal Estadal y Municipal en funciones de Control de la Circunscripción judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se ADMITE la acusación interpuesta en fecha, 30 de abril de 2015, inserta al folio 41, por la representación del ministerio público contra los ciudadanos, GEORGE LEONARDO MONQUEDA, Venezolano, mayor de edad, titular de la C.I. V-24.119.624, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 03/08/1988, estado civil soltero, natural de esta ciudad, grado de instrucción domiciliado en Delfín Mendoza, calle 06 al final, casa s/n, teléfono 0287-4153213 y PALOMO HERRERA ALVARO JOSE, Venezolano, mayor de edad, titular de la C.I. V-19.040.576, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 04/03/1987, estado civil soltero, natural de esta ciudad, Ocupación d.....