DISPOSITIVA
Por todas la razones antes expuestas este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: sancionar a los adolescentes identidad omitida , venezolano, con cédula de identidad N°xxxxxx, grado de instrucción: Bachiller, de estado civil soltero, nacido en fecha 15-10-1992, de 17 años de edad, de profesión u oficio estudiante, residenciado en la calle Sur, casa S/N, de Pedernales, Estado Delta Amacuro, teléfono 04267923886 y identidad omitida venezolano, con cédula de identidad Nºxxxxxx, de estado civil soltero, nacido en fecha 21-12-1992, de 17 años de edad, grado de instrucción: 4to año, de profesión u oficio estudiante, residenciado en la urbanización de Hacienda del Medio, calle principal, Nº 18 de la ciudad de Tucupita, Estado D.....