DECRETA:
PRIMERO: Se declara el SOBRESEIMIENTO, y en consecuencia, la extinción de la ACCIÒN penal, en favor de los ciudadanos, DALLERLING CAROLINA LIRA ABREU, venezolana, natural de esta ciudad, fecha de nacimiento 01/11/1996, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 26.785.173, de estado civil: Soltera, de profesión u oficio: estudiante, residenciada en el cafetal, la calle del hueco, detrás de la boquera del señor Juan Sombras y ENYERVET LEONARDO HENRIQUE, venezolano, natural de esta ciudad, fecha de nacimiento 31/03/1979, de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.487.570, de estado civil: Soltero, de profesión u oficio: docente, residenciado en vía paloma morichal, calle principal, casa s/n, mas delante de la bodega del zambo, teléfono 0424-9302147, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal para la ciudadana, DALLERLING CAROLINA LIRA ABREU y VIOLENCIA PSICOLOG.....