DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: la APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373, último aparte, en relación con el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se DECRETA LAS MEDIDAS CAUTELAR SUSTITUTIVA, al ciudadano BRION GUTIERREZ RAFAEL, quien dice ser venezolano, soltero, mayor de edad, natural de esta ciudad (Tucupita Estado delta Amacuro), nacido en fecha 18/01/34, de 69 años de dad, hijo de verónica Gutiérrez (f) y Luis Brion (f), de ocupación u oficio taxista , residenciado en el sector las Malvinas calle numero 03, casa numero: 03 esta ciudad, titular de la cedula de identidad numero: 1.303.207; en consecuencia se le impone la obligación de presentarse cada treinta días por ante.....