DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Itinerante Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 347, todos del Código Orgánico Procesal Penal: PRIMERO: DECLARA NO CULPABLE a la ciudadana: BAYONA TELLEZ NUREIDY, colombiana, cédula CC1004942074, pasaporte Nro. AP408084, fecha de nacimiento 18-10-1994, 20 años de edad. Soltera, nacida en Hacri – Colombia, de profesión u oficio Ama de Casa, residenciada en el sector Puerto Libre, calle principal, casa número 06, Puerto Ordaz – estado Bolívar, frente a VENIRAUTO, de la comisión de los delitos de TRAFICO DE DROGAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 149 en su encabezamiento de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previst.....