este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 263, 264, 265 y 266, del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta DESISTIDO el presente asunto de COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA, interpuesto por la ciudadana DORIAGSI MONRROY SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.160.179, en contra de los ciudadanos (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros V-20.853.850 y V-17.526.127; respectivamente; igualmente se le advierte a la parte demandante, plenamente identificada en autos, que no podrá presentar nuevamente esta pretensión antes de que.....