Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre las bienhechurías fomentadas por el ciudadano: PEDRO CESAR JARAMILLO NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 9.858.888, domiciliado en la Urbanización Rómulo Gallegos, calle Nº 03, S/N, diagonal a la Virgen del Valles, parroquia San Rafael, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro; que se encuentra construida sobre una parcela de terreno ejidos Municipales, constante de DOCIENTOS METROS CUADRADOS (200,00 Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: limitando con casa 01-calle 04, con diez metros lineales (10,00 ML); SUR: limitando con calle 03, con diez metros lineales (10,00 ML); ESTE: limitando con casa 04- AV 01, con veinte metros lineales (20,00 ML) y OESTE: limitando con casa 03, con veinte metros lineales (20,00 ML); de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se DEC.....