En atención a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, con fundamento en los artículos 75 y 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 26, 394, 406, 421, 425, 495, 501, 504 y 505 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la Adopción Nacional, Plena y Conjunta, del niño (SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), a solicitud de los Ciudadanos WAINEL ALEXIS VASQUEZ BERRA y BETH JOSELIN GUERRA DE VASQUEZ, titulares de las cédulas de identidad números: V-9.862.259 y V-11.205.858, en consecuencia: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el a.....