este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, de conformidad con lo establecido en los artículos 177, parágrafo segundo, literal "k" y 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 937 del Código de Procedimiento Civil conformidad con el artículo y los artículos 822 y 823 del Código Civil, salvo derechos de terceros, Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de los ciudadanos EUNIMAR DEL VALLE, RAIZA ENID, EUKARYS AITZA, IVAN ENRIQUE, HUGO JOSE, ELSIMAR ENITZA Y (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), respectivamente, siendo los seis (6) primeros venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 14.487.927, V- 14.487.926, V- 16.216.734, V- 16.216.735, V- 18.073.146.....