DECISION
Por las razones anteriormente expuestas , este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por el abogado ANTONIO GOMEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el numero 26.957, representante judicial de la parte actora, hoy recurrente contra el auto proferido por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en fecha 30 de enero de 2006, quien declaró inadmisible la Acción mero declarativa, actuando en representación de los ciudadanos Carlos Emilio Ramos, Manzanare de Zapata Haides, Urrieta Jorge, Martínez Oscar, Campos Idrogo Frank Israel, Gómez Romero José, Marcano Armando, Bolívar Ramona Cleta, Guzmán Santiago, Jiménez Córdova Natividad, Garavito.....