este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano: IVAN RAMONES, Abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.619, actuando con el Carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos: JESUS RONDON, PABLO RODRIGUEZ, JOSE MATA, JUAN ANTONIO AYALA, ISIDRO GONZALEZ, AMILCAR JOSE MALAVE, MIGUEL ROJAS, OSCAR ROMERO, JOSE QUINTERO, JAVIER GASCON, ENRIQUE JOSE MARTINEZ, JOSE RAMON MENDOZA, ALEXIS MARTINEZ, NOEL TORRES Y SANDY ARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.544.695, 3.049.001, 15.790.876, 10.609.88, 11.205.231, 8.950.370, 8.087.891, 13.186.944, 7.815.291, 16.699.715, 18.073.754, 12.546.366, 13.057.605, 8.893.709, 14.703.168; respectivamente .